Incluir en la nueva Constitución del Ecuador el «Derecho a la Satisfacción Sexual de la Mujer» es algo que genera preguntas y a su vez siembra una alta carga de decepción dentro del marco social y de visión local sobre algo tan sencillo como aceptarse así mismo como se es, y no como otros quieren que seas.
Pues este ultimo sábado la Asamblea Nacional Constituyente dedico algunas horas a analizar este tema propuesto por María Soledad Vela.
Quisiera que la asambleísta en mención explique sus teorías( o tal vez sus fantasias) para considerar que algo tan sexualmente básico sea escrito en una carta magna.
Que diría la ley?, sera algo así acaso?
ART 34.-«Si la mujer, en repetidas ocasiones no lograse orgasmos o fuese ignorada por su pareja, la misma podrá utilizar mecanismos eléctricos o humanos para buscar la satisfacción sexual sin necesidad de que la sociedad utilice términos como: zorra, golfa, puta o ramera.
Ella estaría haciendo uso de sus derechos y no se permitirá el juzgamiento de valor de parte de sus vecinas.
Su nueva conquista, el cual habrá dado esa satisfacción tan buscada, sera catalogado como un paladin de las mujeres insatisfechas y gozara de un subsidio tributario establecido por el cabildo de la región.»
No seria mas fácil, resolverlo en casa, o despertar y darse cuenta que si no hay cama tal vez ya no hay amor. O sacudirse de una vez y tomar el paso de abandonar lo que falsamente han llamado hogar.
La verdad os hará libres, y la nueva pareja les dará orgasmos….Vamos, hagamos las cosas mas fáciles. Seamos un poquito mas sabios y evolucionen la materia gris que los soporta.
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